unidad2:normativa
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* **Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales** ((https:// | * **Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales** ((https:// | ||
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+ | ==== Reglamento General de Protección de Datos de la UE ==== | ||
- | ==== Reglamento General de Protección de Datos de la UE ==== | + | {{ : |
El Reglamento General de Protección de Datos ((https:// | El Reglamento General de Protección de Datos ((https:// | ||
- | Es una normativa a nivel de la Unión Europea, por lo que cualquier empresa que tenga negocios en la Unión Europea o que maneje información personal de cualquier tipo, deberá acogerse a ella. | ||
+ | Es una normativa a nivel de la Unión Europea, por lo que cualquier empresa que tenga negocios en la Unión Europea o que maneje información personal de cualquier tipo, deberá acogerse a ella. | ||
- | =====Agencia Española de Protección de Datos===== | ||
- | La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), creada en 1992, es el **organismo público de control** encargado de velar por el cumplimiento de la Leyes de Protección de Datos en España. Tiene su sede en Madrid y su ámbito de actuación se extiende al conjunto de España. | ||
+ | =====Agencia Española de Protección de Datos===== | ||
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====Derechos==== | ====Derechos==== | ||
Se refieren al interesado, a la persona sobre la que se almacenan datos para su tratamiento: | Se refieren al interesado, a la persona sobre la que se almacenan datos para su tratamiento: | ||
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* Principio de **licitud, transparencia y lealtad**, que consiste en que los datos deben ser tratados de manera lícita, leal y transparente para el interesado. | * Principio de **licitud, transparencia y lealtad**, que consiste en que los datos deben ser tratados de manera lícita, leal y transparente para el interesado. | ||
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* Principio de **limitación de la finalidad** que implica, por una parte, la obligación de que los datos sean tratados con una o varias finalidades determinadas y legítimas y, por otra, que se prohíbe que los datos recogidos con unos fines determinados sean tratados posteriormente para otros fines. | * Principio de **limitación de la finalidad** que implica, por una parte, la obligación de que los datos sean tratados con una o varias finalidades determinadas y legítimas y, por otra, que se prohíbe que los datos recogidos con unos fines determinados sean tratados posteriormente para otros fines. | ||
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* Principio de **minimización de datos**, es decir, que los datos sean adecuados y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados. | * Principio de **minimización de datos**, es decir, que los datos sean adecuados y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados. | ||
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* Los datos, según el **principio de exactitud**, | * Los datos, según el **principio de exactitud**, | ||
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* El principio de **limitación del plazo de conservación** está relacionado con el de minimización. Igual que solo pueden tratarse los datos adecuados, pertinentes y necesarios para una finalidad, la conservación de esos datos debe limitarse en el tiempo al logro de los fines que el tratamiento persigue. Una vez que esas finalidades se han alcanzado, los datos deben ser borrados o, al menos, desprovistos de todo elemento que permita identificar a los interesados. | * El principio de **limitación del plazo de conservación** está relacionado con el de minimización. Igual que solo pueden tratarse los datos adecuados, pertinentes y necesarios para una finalidad, la conservación de esos datos debe limitarse en el tiempo al logro de los fines que el tratamiento persigue. Una vez que esas finalidades se han alcanzado, los datos deben ser borrados o, al menos, desprovistos de todo elemento que permita identificar a los interesados. | ||
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* Principio de **integridad y confidencialidad**. impone a quienes tratan datos la obligación de actuar proactivamente con el objetivo de proteger los datos que manejan frente a cualquier riesgo que amenace su seguridad. | * Principio de **integridad y confidencialidad**. impone a quienes tratan datos la obligación de actuar proactivamente con el objetivo de proteger los datos que manejan frente a cualquier riesgo que amenace su seguridad. | ||
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====Areas de actuación==== | ====Areas de actuación==== | ||
- | * Internet y redes sociales | + | |
- | * Reclamaciones de Telecomunicaciones | + | |
- | * Publicidad no deseada | + | |
- | * Educación y menores | + | |
- | * Videovigilancia | + | |
- | * Innovación y tecnología | + | |
- | * Violencia de género | + | |
- | * Protección de datos y coronavirus | + | |
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unidad2/normativa.1634923373.txt.gz · Última modificación: 16/09/2024 14:48 (editor externo)